Micelio
Auto15 de julio de 2026

A-865 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 003 Laboral de C�cuta, Norte de Santander, y el Juzgado 014 Administrativo de C�cuta, Norte de Santander, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 014 Administrativo de C�cuta, Norte de Santander es la autoridad competente para conocer el proceso.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretar�a General, REMITIR el expediente CJU-7679 al Juzgado 014 Administrativo de C�cuta, Norte de Santander [22] para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisi�n al Juzgado 003 Laboral de C�cuta, Norte de Santander [23] y a los interesados dentro del tr�mite judicial. Notif�quese, comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digitar, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 23�. [2] Expediente digital, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 117 ActaRepartopdf�. [3] Expediente digital, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 1.486�. [4] Expediente digital, archivo �10Auto propone conflicto de competencia�. [5] Esta judicatura, creada mediante el Acuerdo No. PCSJA23-12125 del 19 de diciembre de 2023, asumi� el expediente luego de que se dispusiera que los juzgados hom�logos le remitieran parte de sus procesos. [6] Expediente digital, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 1.654�. [7] Expediente digital, archivo �10Auto propone conflicto de competencia�. [8] Expediente digital, archivo �02CJU-7976 Correo Remisoriopdf.�. [9] � A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: [�] 11. Numeral adicionado por el art�culo 14 del Acto Legislativo 2 de 2015: Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones �. [10] Ver los siguientes autos: 345 de 2018, 328 de 2019,� 452 de 2019, 041 de 2021 y 1025 de 2023. [11] Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Auto 155 de 2019. MP. Luis Guillermo Guerrero P�rez. [12] �[�] debe existir una causa judicial sobre la cual se suscite la controversia, es decir, que pueda verificarse que est� en desarrollo un proceso, un incidente o cualquier otro tr�mite de naturaleza jurisdiccional [�]�. [13] � [�]las autoridades en colisi�n hayan manifestado, a trav�s de un pronunciamiento expreso, las razones de �ndole constitucional o legal por las cuales se consideran competentes o no para conocer de la causa [�]� . [14] Corte Constitucional. Auto 647 de 2021 [15] Consejo de Estado, Sentencia, Rad. No. 50001-23-22-00-2016-0061-01, 21 de abril de 2016. [16] Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci�n Tercera, Subsecci�n A, Sentencia, Rad. 68001-23-31-000-2007-00128-01(51687), 25 de julio de 2019. [17] Consejo de Estado, Secci�n Tercera, Sentencia, Rad. 15001-23-31-000-2000-01712-02, 29 de agosto de 2017. [18] Corte Constitucional. Auto 1517 de 2022 [19] Expediente digital, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 18�. [20] Art�culo 140 de la Ley 1437 de 2011. Ver tambi�n Corte Constitucional, Auto 1034 de 2024. [21] Corte Constitucional. Auto 647 de 2021. [22] Al correo electr�nico: j14admcuc@cendoj.ramajudicial.gov.co [23] Al correo electr�nico: jlabccu3@cendoj.ramajudicial.gov.co
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.