Auto15 de julio de 2026
A-865 de 2026
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Tema · dato duro
Sin Información
01
Temas y subtemas del fallo
Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 003 Laboral de C�cuta, Norte de Santander, y el Juzgado 014 Administrativo de C�cuta, Norte de Santander, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 014 Administrativo de C�cuta, Norte de Santander es la autoridad competente para conocer el proceso.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretar�a General, REMITIR el expediente CJU-7679 al Juzgado 014 Administrativo de C�cuta, Norte de Santander [22] para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisi�n al Juzgado 003 Laboral de C�cuta, Norte de Santander [23] y a los interesados dentro del tr�mite judicial. Notif�quese, comun�quese y c�mplase, PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digitar, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 23�. [2] Expediente digital, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 117 ActaRepartopdf�. [3] Expediente digital, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 1.486�. [4] Expediente digital, archivo �10Auto propone conflicto de competencia�. [5] Esta judicatura, creada mediante el Acuerdo No. PCSJA23-12125 del 19 de diciembre de 2023, asumi� el expediente luego de que se dispusiera que los juzgados hom�logos le remitieran parte de sus procesos. [6] Expediente digital, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 1.654�. [7] Expediente digital, archivo �10Auto propone conflicto de competencia�. [8] Expediente digital, archivo �02CJU-7976 Correo Remisoriopdf.�. [9] � A la Corte Constitucional se le conf�a la guarda de la integridad y supremac�a de la Constituci�n, en los estrictos y precisos t�rminos de este art�culo. Con tal fin, cumplir� las siguientes funciones: [�] 11. Numeral adicionado por el art�culo 14 del Acto Legislativo 2 de 2015: Dirimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones �. [10] Ver los siguientes autos: 345 de 2018, 328 de 2019,� 452 de 2019, 041 de 2021 y 1025 de 2023. [11] Corte Constitucional de Colombia. Sala Plena. Auto 155 de 2019. MP. Luis Guillermo Guerrero P�rez. [12] �[�] debe existir una causa judicial sobre la cual se suscite la controversia, es decir, que pueda verificarse que est� en desarrollo un proceso, un incidente o cualquier otro tr�mite de naturaleza jurisdiccional [�]�. [13] � [�]las autoridades en colisi�n hayan manifestado, a trav�s de un pronunciamiento expreso, las razones de �ndole constitucional o legal por las cuales se consideran competentes o no para conocer de la causa [�]� . [14] Corte Constitucional. Auto 647 de 2021 [15] Consejo de Estado, Sentencia, Rad. No. 50001-23-22-00-2016-0061-01, 21 de abril de 2016. [16] Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci�n Tercera, Subsecci�n A, Sentencia, Rad. 68001-23-31-000-2007-00128-01(51687), 25 de julio de 2019. [17] Consejo de Estado, Secci�n Tercera, Sentencia, Rad. 15001-23-31-000-2000-01712-02, 29 de agosto de 2017. [18] Corte Constitucional. Auto 1517 de 2022 [19] Expediente digital, archivo �01Cuaderno principal, p�gina 18�. [20] Art�culo 140 de la Ley 1437 de 2011. Ver tambi�n Corte Constitucional, Auto 1034 de 2024. [21] Corte Constitucional. Auto 647 de 2021. [22] Al correo electr�nico: j14admcuc@cendoj.ramajudicial.gov.co [23] Al correo electr�nico: jlabccu3@cendoj.ramajudicial.gov.co
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04
Cómo se conecta
Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.